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DÍAS ADICIONALES DE VACACIONES POR ANTIGÜEDAD

DÍAS ADICIONALES DE VACACIONES POR ANTIGÜEDAD

LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN MODIFICA EL DECRETO 59/2013 POR EL QUE SE REGULA LA JORNADA, EL HORARIO, LAS VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, QUEDANDO COMO SIGUE:


LOS DIAS ADICIONALES DE VACACIONES POR ANTIGÜEDAD SE DISFRUTARÁN A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DEL  CUMPLIMIENTO DE LOS AÑOS DE SERVICIO


DECRETO 8/2016, de 17 de marzo, por el que se modifica el Decreto 59/2013, de 5 de septiembre, por el que se regula la jornada, el horario, las vacaciones, los permisos y las licencias del personal funcionario al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Asimismo, tendrán derecho a disfrutar, en el caso de tener completados: 

– Quince años de servicios: veintitrés días hábiles. 

– Veinte años de servicios: veinticuatro días hábiles. 

– Veinticinco años de servicios: veinticinco días hábiles. 

– Treinta o más años de servicios: veintiséis días hábiles.


3. Los días adicionales de vacaciones por antigüedad se podrán disfrutar a partir del año natural siguiente al del cumplimiento de los años de servicio.» MODIFICADO


LEY 7/2005, DE 24 DE MAYO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE CASTILLA Y LEÓN. Artículo 58. Vacaciones retribuidas.

5 1. Los funcionarios públicos tendrán derecho a disfrutar, durante cada año natural de servicio activo, de unas vacaciones retribuidas de veintidós días hábiles, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fuera menor. Asimismo, tendrán derecho a un día hábil adicional al cumplir quince años de servicio, añadiéndose un día hábil más al cumplir veinte, veinticinco y treinta años de servicio, respectivamente, hasta un total de cuatro días hábiles más por año natural.

LEER EN:

http://bocyl.jcyl.es/boletines/2019/11/25/pdf/BOCYL-D-25112019-31.pdf


DÍAS FESTIVOS EN CASTILLA Y LEÓN PARA EL AÑO 2020


Calendario Laboral DECRETO 36/2019, de 12 de septiembre, por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2020.


1

ENERO

Miércoles

AÑO NUEVO

6

ENERO

Lunes

EPIFANÍA DEL SEÑOR

9

ABRIL

Jueves

JUEVES SANTO 

10

ABRIL

Viernes

VIERNES SANTO 


23

ABRIL

Jueves

COMUNIDAD  AUTÓNOMA DE CyL

1

MAYO

Viernes

FIESTA DEL TRABAJO 

12

JUNIO

  Viernes

SAN JUAN DE SAHAGÚN                                                          (Fiesta Local )

     15


AGOSTO

Sábado

ASUNCIÓN DE LA VIRGEN 

8

SEPTIEMBRE

Martes

VIRGEN DE LA VEGA (Fiesta Local )

12

OCTUBRE

Lunes

FIESTA NACIONAL DE ESPAÑA

1

NOVIEMBRE 

Se traslada al lunes 2 de noviembre

Domingo

DÍA DE TODOS LOS SANTOS 

6

DICIEMBRE 

Se traslada al lunes 7 de diciembre

Domingo

DÍA DE LA CONSTITUCIÓN 

8

DICIEMBRE

Martes

INMACULADA CONCEPCIÓN

25

DICIEMBRE

Viernes

NATIVIDAD DEL SEÑOR 




A estas fiestas se han sumado las dos de carácter local, que en Salamanca son: el 8 de septiembre y el 12 de junio que fijan los respectivos ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Leer más AQUÍ

http://bocyl.jcyl.es/boletines/2019/09/16/pdf/BOCYL-D-16092019-2.pdf


TRABAJANDO PARA TODOS

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