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INTERINOS

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LOS AGUJEROS NEGROS DE LOS INTERINOS:

PUNTOS QUE HAY QUE ACLARAR RESPECTO A LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE) DE 22 DE FEBRERO, SOBRE LA FIJEZA EN EL EMPLEO PÚBLICO.

Puntos que hay que aclarar respecto a la sentencia del TJUE de 22 de febrero, sobre el abuso de la temporalidad en la Administración, ante las expectativas y el debate que ha suscitado dicha sentencia.

El 22 de febrero de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dictó una sentencia a diferentes cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), sobre el abuso de la contratación temporal en las Administraciones Públicas.

 El fallo judicial del TJUE establece que será el juez nacional quien resuelva cada caso, el que debe ver si la normativa nacional está de acuerdo con la Directiva Comunitaria 1999/70. Una cuestión que deja clara la preeminencia del derecho comunitario frente al nacional, pero ni la impone ni establece cuál debe ser la medida adecuada y proporcionada, en cada caso, para sancionar el abuso.

 También dice que la declaración a un empleado público de personal INDEFINIDO NO FIJO no cambia su condición de personal temporal y, por tanto, tampoco constituye una sanción adecuada contra el abuso incluyéndolo en el abuso de la temporalidad, considerándolo un trabajador con contrato de duración determinada.

 De la misma forma, la Justicia europea también desmonta las  indemnizaciones fijadas que son de 20 días por año trabajado, con el límite de una anualidad. Esta indemnización “es independiente de cualquier consideración relativa al carácter abusivo de la utilización de dichos contratos”. Las Administraciones Públicas no estarían asumiendo la obligación que tienen de establecer penalizaciones “efectivas y disuasorias para garantizar la plena eficacia de las normas adoptadas”.

 El Gobierno acordó con los sindicatos CCOO, UGT Y CSIF un proceso de estabilización del empleo por el cual los interinos y los indefinidos no fijos no podían conseguir la fijeza, sino que tenían que presentarse a las oposiciones y competir con el resto de candidatos. La Justicia europea considera que esta solución no resulta adecuada, ya que no establece una sanción suficiente para el empleador, por el abuso de la temporalidad.

 La sentencia del TJUE de 22 de febrero de 2024, en definitiva, supone un paso adelante para combatir el abuso, pero no despeja la situación , dado que, la solución definitiva y su alcance habrán de ser fijados por el Tribunal Supremo, cuya primera respuesta ha sido elevar al propio TJUE una nueva cuestión prejudicial para aclarar cómo debe interpretar la sentencia y cómo aplicar la fijeza en el empleo público. Esto, en la práctica, provocará una nueva suspensión de los recursos pendientes de resolución y alargará, aún más si cabe, la solución final a este abuso de la temporalidad laboral en las  Administraciones Públicas.

CONSULTA LA SENTENCIA AQUÍ

EUR-Lex - 62022CJ0059 - ES - EUR-Lex (europa.eu)

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